TRIPLEX EXCEPCIONAL EN SINCLAIR Y CERVIÑO | 115 M² | PALERMO
Luminosa y amplia unidad en formato triplex de 115 m² totales, ubicada en uno de los rincones más privilegiados de Palermo. Edificio moderno con balcones corridos y excelente presencia desde la calle.
Planta 1 — Social: Living-comedor de generosas proporciones con piso de parquet en espiga, cocina americana integrada con barra, mesada de granito y estantes a la vista. Acceso directo a balcón con vista abierta a la ciudad. Toilette de recepcion.
Planta 2 — Dormitorio principal: Amplio dormitorio con aire acondicionado, balcón propio con vista abierta, vestidor en suite de muy buen tamaño. Cómodo baño completo con bañera, doble ducha
Planta 3 — Loft/escritorio + terraza: Ambiente versátil con chimenea, aire acondicionado y acceso directo a una amplia terraza privada con vistas panorámicas a la ciudad. Ideal como segundo dormitorio o escritorio.
Amenities del edificio:
Pileta
Sauna
Gimnasio
Laundry
Cochera fija
Sinclair y Cerviño, Palermo — a pasos del Rosedal, Hipodromo de Palermo, Av. Libertador, los mejores restaurantes, bares y transporte público.
LEY Nº 5859 - Articulo. 4º:
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.
LEY Nº 5115 C.A.B.A.:
Artículo 1°.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2°.- Los avisos mencionados en el articulo 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Artículo 3°.- La autoridad de aplicación de la presente será la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- La presente Ley entrara en vigencia a los noventa (90) días de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.