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MAP4499843 | Departamento

Departamento - Palermo Hollywood

Charcas 5000 y Humbolt Departamento 3 ambientes | Palermo Hollywood | Palermo | Capital Federal

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Alquiler USD 950

Detalles de propiedad

  • Superficie cubierta:

  • 45 m²

  • Ambientes:

  • 3

  • Total construido:

  • 45 m²

  • Dormitorios:

  • 2

  • Apto profesional:

  • No

Información general

  • Ambientes:

  • 3

  • Dormitorios:

  • 2

  • Baños:

  • 1

  • Condición:

  • Muy bueno

  • Plantas:

  • 1

  • Antigüedad:

  • 30 Años

  • Expensas:

  • $ 150.000

  • Orientación:

  • Este

  • Disposición:

  • Lateral

  • Crédito:

  • No especificado

Superficies y medidas

  • Cubierta:

  • 45 m²

  • Total Construido:

  • 45 m²

Descripción


ALQUILER | 3 AMBIENTES | AMOBLADO Y EQUIPADO FULL | PALERMO HOLLYWOOD

Departamento en Charcas 5028, en pleno Palermo Hollywood. Completamente reciclado y equipado — muebles, camas, TVs, heladera y electrodomésticos de cocina incluidos. Ideal para quien busca instalarse sin complicaciones.

PROPIEDAD
- Living comedor. Orientación lateral.
- 2 dormitorios con camas y mobiliario completo.
- Baño completo renovado.
- Cocina equipada con electrodomésticos.
- Lavadero.
- Servicios individuales. Expensas bajas.

UBICACIÓN
Charcas al 5000, entre Godoy Cruz y Thames. En el corazón de Palermo Hollywood, a pasos de restaurantes, bares, transporte y todo lo que el barrio ofrece.


LEY Nº 5859 - Articulo. 4º:
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.

LEY Nº 5115 C.A.B.A.:
Artículo 1°.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2°.- Los avisos mencionados en el articulo 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Artículo 3°.- La autoridad de aplicación de la presente será la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- La presente Ley entrara en vigencia a los noventa (90) días de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

Ubicación

Contacto

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